Argentina

Más de 400 mil argentinos en el exterior podrán votar

Para las elecciones generales legislativas, que se llevarán a cabo este domingo 14 de noviembre, podrán votar unos 409.152 argentinos residentes en el exterior.

Así lo informó la Cámara Nacional Electoral (CNE), la cual a su vez explicó cómo sería la modalidad de votación para dichos casos.

Cabe destacar que los argentinos residentes en el exterior no pudieron votar en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), dado que se trataron de elecciones internas.

La directora de la CNE, Diana Quiodo, mencionó que hay 133 representaciones del país en el exterior donde los argentinos pueden ir a votar.

¿Cómo voto si vivo en el exterior?

El voto se llevará a cabo por medio de una boleta única, y sólo se podrán votar las categorías nacionales: Diputados y senadores nacionales.

Cabe destacar que los electores sólo podrán votar a los candidatos correspondientes a la última provincia donde estuvieron domiciliados antes de emigrar.

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Para votar, se debe ser mayor de 16 años y tener DNI con domicilio en el exterior. La votación se llevará a cabo de 08 a 18hs en la embajada o consulado donde resida el votante.

Por su parte, desde Cancillería se informó que para votar también se puede asistir con los DNI de libreta celeste (incluso si tiene la leyenda «No válido para votar») y libreta verde, sumados también a las libretas cívica y de enrolamiento.

Los votantes pueden revisar las jurisdicciones en donde les toca emitir su voto por medio del sitio oficial del padrón: www.padron.gov.ar.

Si bien de acuerdo a la Ley 24.007, y con la creación del Registro de Electores Argentinos Residentes en el Exterior, el empadronamiento de los residentes en el exterior se lleva a cabo de forma automática.

Estoy de viaje y no puedo votar, ¿Qué hago?

Quienes se encuentren en el exterior durante los comicios (ya sea por viaje o por alguna otra razón) y tengan DNI con domicilio en la Argentina, deberán justificar la no emisión de voto durante un plazo de 60 días desde el día después de la votación.

Para ello, se debe acceder al Registro de Infractores de la CNE, adjuntando la foto del pasaporte o documentación que acredite la ausencia del votante durante las elecciones.

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