Jubilados

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció que el trámite de Fe de Vida volverá a ser obligatorio para todos los jubilados.

Con esta nueva normativa, los titulares de jubilaciones y pensiones deberán gestionar dicho trámite para cobrar sus haberes.

El mismo se podrá realizar en los distintos bancos donde se cobren los haberes, y serán las entidades bancarias las que establecerán las modalidades de implementación del trámite.

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La Fe de Vida, según lo establecido por ANSES, debe renovarse todos los meses y puede tramitarla el titular o un apoderado. Se debe presentar el DNI, Libreta Cívica, de Enrolamiento o el Pasaporte. Aquellas personas que no tengan ninguna documentación pueden acreditar su identidad y domicilio por medio de un documento emitido por la autoridad local.

También debe presentarse una fotocopia del recibo del haber o del carnet de jubilación o pensión, donde figure el número de beneficiario.

Cabe destacar que aquellos beneficiarios que cobren sus haberes en el Banco Nación podrán acreditar su supervivencia a través de compras con tarjetas de débito en farmacias o supermercados; o con tarjetas de crédito en cualquier comercio.