Emergencia hídrica por bajante del Río Paraná

A raíz de la bajante del Río Paraná, el Gobierno Nacional resolvió formalizar el estado de emergencia hídrica por un plazo de 180 días.

Por medio del Decreto 482/21, Nación estableció la emergencia hídrica para todas las zonas ribereñas aledañas a los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú.

Esta situación comprende a las provincias de Buenos Aires, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Misiones y Santa Fe.

Al tratarse de la bajante más grande de la cuenca hídrica del río en 77 años, el Decreto instruyó a varias áreas del Ejecutivo Nacional a tomar medidas que apunten a mitigar sus efectos sobre la población y la economía.

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Las dependencias nacionales instruidas a actuar sobre la situación son las siguientes:

  • Banco Nación y AFIP: Dispondrán la asistencia -tanto crediticia como impositiva- para personas y empresas afectadas.
  • Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: Se encargará de mantener el control de incendios que ocurran en la zona.
  • Ministerios de Desarrollo Productivo y de Trabajo: Establecerán acciones pertinentes para preservar puestos de trabajo y la actividad productiva de empresas ligadas a la zona afectada.
  • Ministerio de Interior: Se encargará de coordinar entre Nación y las provincias afectadas.
  • Ministerio de Obras Públicas: Se encargará de llevar a cabo obras de infraestructura en la zona.
  • Ministerio de Seguridad: Planificará medidas de apoyo y toma de decisiones por medio del Sistema Nacional de Alerta Temprana y Monitoreo de Emergencias (SINAME), y asistirá a la población ribereña por Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo (SINAGIR).
  • Ministerio de Transporte: Observará las posibilidades de navegación y acceso a los puertos, en conjunto con el Instituto Nacional del Agua, el cual brindará asistencia técnica.
  • Secretaría de Energía: Garantizará el suministro de energía eléctrica para la zona.