ajuste a los jubilados

En la jornada de ayer, el Presidente de la Nación, Javier Milei, presentó su proyecto de ‘ley ómnibus’, la síntesis total de su plan de gobierno en base a ideas libertarias. Y en la medida que se fue conociendo el texto del proyecto, varios colectivos señalaron una serie de problemas que suponen un gran peligro para las garantías constitucionales del país.

La propuesta de ley, titulada oficialmente como Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, echa por la ventana la garantía de la división de poderes, delegando facultades legislativas al Poder Ejecutivo por el plazo de dos años.

Asimismo, el proyecto establece que dichas facultades -otorgadas en carácter de «emergencia»- podrán extenderse por dos años más, en caso de considerarse necesario.

En términos concretos, el texto declara la «emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, social, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025». En ese sentido, el Artículo 3 continúa: «Dicho plazo podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo Nacional por el plazo máximo de dos años».

Córdoba Tevé

Para ello, Milei cita al Artículo 76 de la Constitución Nacional, el cual habilita al Ejecutivo la toma de medidas de carácter legislativo en caso de declararse una emergencia:

«Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca».

Efectivamente, serán los diputados y senadores quienes tengan la última palabra respecto a si Milei podrá tener ‘facultades extraordinarias’ o no durante su gestión.

Cabe destacar que el Presidente advirtió que en caso de no contar con apoyo de los legisladores nacionales, llevará adelante un plebiscito con la ciudadanía, aunque todavía no existe claridad alguna si este será vinculante o no.

En tanto, el destino de la Democracia argentina queda a la libre voluntad de los integrantes del Congreso.