A través de la Resolución General 4926/2021 del Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció una extensión para la suspensión de embargos a Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES) y las ejecuciones fiscales hasta el 28 de febrero.
Esta medida apunta a ayudar a los contribuyentes y responsables a cumplir con sus obligaciones tributarias, en medio de la crisis económica generada por la pandemia del Covid-19.
En su texto, el cual lleva la firma de Mercedes Marco del Pont -titular de AFIP-, se establece la suspensión de «la iniciación de juicios de ejecución fiscal por prte de este organismo» y «la traba de medidas cautelares para los sujetos que se encuentren inscriptos en el «Registro de Empresas MiPyMES» (…)»
En un comunicado, el organismo tributario remarcó que esta resolución apunta a «morigerar los efectos económicos de la pandemia» y ofrecer «alivio a las y los contribuyentes de todo el país».
Esta medida alcanza a alrededor de un millón de empresas, las cuales cuentan con el Certificado MiPyME.