Dante Coverti, el médico que recetó dióxido de cloro a un paciente con Covid-19 en el Sanatorio Otamendi de Buenos Aires, fue imputado tras la denuncia del Ministerio de Salud.

Previo a la imputación, el juez federal Sebastían Casanello ordenó un allanamiento al consultorio del médico, donde se secuestraron recetas del medicamento prohibido por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) e historias clínicas.

Adicionalmente, se descubrió que Coverti no era neurocirujano, especialidad bajo la que se presentaba.

Si bien el caso sigue bajo investigación, y Coverti está imputado, todavía no se formuló la calificación del delito al que se le puede atribuir.

El caso se originó luego de que el médico pidiera a un juzgado que le permitieran suministrar dióxido de cloro a Oscar García Rúa, un paciente de 92 años con Coronavirus, bajo la premisa de «tratamiento compasivo». El juez suplente Javier Pico Terrero fue el que autorizó el uso del medicamento, en contra de los reglamentos de la ANMAT.

Según los informes brindados por el sanatorio, el hombre falleció al poco tiempo de suministrarle el medicamento, y en ninguna instancia mostró signos de mejoras.

Cabe destacar que Coverti, de acuerdo al informe, no forma parte de los equipos profesionales del sanatorio:

«La decisión judicial consignada que dichas aplicaciones debían ser realizadas por el médico prescriptor, quien no forma parte de los equipos médicos de nuestra institución, y bajo su exclusiva responsabilidad.

Por la misma decisión, la provisión de los mencionados compuestos quedó a cargo de la familia del paciente (…)

La administración de los compuestos mencionados fue llevada a cabo únicamente por el médico tratante, cuya especialidad no está relacionada con la materia. (…) El paciente no presentó ninguna mejora clínica en las horas subsiguientes.»

Informe del Sanatorio Otamendi sobre el fallecimiento de Oscar García Rúa

El sanatorio se vio obligado -por medio de la vía judicial- a acatar la orden del juez, aún cuando el dióxido se encuentra prohibido:

«[El sanatorio] acató inmediatamente la orden judicial, sin perjuicio de haber interpuesto los recursos legales correspondientes por tratarse de compuestos cuya utilización en pacientes Covid positivos fue enfáticamente desaconsejada por la Organización Panamericana de la Salud, la ANMAT, la Sociedad Argentina de Infectología, y tantas otras instituciones científicas a nivel local e internacional.»

Informe del Sanatorio Otamendi sobre el fallecimiento de Oscar García Rúa

¿Y qué ocurre con el juez que autorizó la medida?

Por su parte, el juez fue denunciado ante la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura.

Entre los firmantes de la denuncia, se encuentran la Asociación Metropolitana de Medicina Familiar, la Fundación Huésped, la Sociedad Argentina de Infectología y la Sociedad Iberoamericana de Salud Ambiental.

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En la presentación judicial, los denunciantes mencionan que el proceso estuvo marcado por irregularidades:

«Con tan solo una receta formulada por un médico que se presenta como especialista en neurocirugía, [el juez] resuelve obligar a la institución donde se encuentra internado el paciente, a arbitrar los medios conducentes para la implementación del tratamiento indicado, consistente en una sustancia altamente tóxica para la salud.»

Denuncia de asociaciones médicas al juez Javier Pico Terrero

Sobre esta línea, los denunciantes ahondaron sobre la falsa especialidad que afirmaba tener el médico:

«En este punto conviene advertir, (…) que el mencionado médico no solo no es especialista en neurocirugía, sino que al mismo tiempo aunque lo fuera, debería haber advertido el magistrado que dicha especialidad médica se encuentra lejos de su ámbito de competencia la indicación de una formulación para el tratamiento de una enfermedad infecciosa.»

Denuncia de asociaciones médicas al juez Javier Pico Terrero

En la denuncia, se acusa al juez de «prevaricato», que se traduce al dictado de resoluciones contrarias a derecho.

Las asociaciones denunciantes remarcaron que con «una rápida búsqueda en cualquier buscador de internet», el magistrado podría haberse interiorizado sobre los peligros del uso del dióxido de cloro en pacientes Covid, por medio de documentación oficial de la Organización Panamericana de la Salud, la ANMAT o la Administración de Medicamentos y Alimentos de los Estados Unidos (FDA).