A partir de hoy y durante 48 horas rige la veda electoral que incluye una serie de restricciones y prohibiciones.
Durante las 48 horas previas a los comicios, el Código Nacional Electoral dispone una serie de restricciones.
En el Artículo 71 del Código Nacional Electoral se establece que se prohíbe:
- Actividades de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación impresos y digitales, televisivos y radiales.
- Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre. Es decir, hasta las 21 del domingo 12 de septiembre.
- Está restringida el domingo la realización de espectáculos masivos, culturales, sociales o deportivos, al aire libre o en lugares cerrados, mientras las urnas estén abiertas y hasta las 21 de ese día.
- Tampoco se podrán vender bebidas alcohólicas, desde las 20 de este sábado y hasta que se cumplan tres horas de finalizados los comicios.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
- La utilización de las viviendas como depósitos de armas, la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.
- Está prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.
Para quienes no cumplan con las restricciones, existen penas y sanciones.
De acuerdo a la violación, las penas van desde 15 días hasta tres años de cárcel efectiva.
También se estipulan multas que van entre los $10.000 y los $100.000 a quienes publiciten o realicen actos de campaña durante la veda.
La veda termina el domingo a las 21 horas, tres horas después del cierre de los comicios.