Combatientes de Malvinas

El Intendente Martín Llaryora promulgó la ordenanza que establece un régimen de beneficios sociales para los ex combatientes de Malvinas.

La ordenanza había sido aprobada por el Concejo Deliberante el 13 de mayo, y otorga la eximición del pago de contribuciones sobre inmuebles y automotores; la gratuidad del permiso para conducir particular, la tarifa del Sistema de Estacionamiento Medido Municipal (SEMM), y el permiso de libre circulación para personas con discapacidad.

Cabe destacar que esta medida se aplica a personal militar y civil que haya participado del conflicto bélico, y que no esté condenado o tenga causas abiertas por delitos de lesa humanidad.

Estos beneficios también alcanzan a las familias de los veteranos, al exceptuarlos del pago de la contribución a los cementerios en caso de que el mismo veterano fallecido no cuente con cobertura de sepelio.

En esos casos, la Municipalidad se hará cargo de los gastos de provisión de servicio y/o cremación.

El Municipio creará un Registro Municipal de Veteranos de Guerra de Malvinas, el cual será puesto en marcha por la Secretaría de Políticas Sociales, Inclusión y Convivencia.

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¿Cómo se accede a estos beneficios?

La Municipalidad informó que para acceder a los beneficios, el veterano en cuestión debe presentar un certificado actualizado y tener domicilio y residencia en la capital cordobesa.

Adicionalmente, el beneficiario debe estar comprendido dentro de la Ley Nacional 23.834 (de pensiones vitalicias a ex-combatientes de Malvinas).

Tal y como se lo dijo anteriormente, no podrán ser beneficiarios aquellos veteranos que estén condenados o tengan causas abiertas por violaciones a los derechos humanos.

A su vez, tampoco podrán ser beneficiarios aquellos ex-combatientes que tengan causas abiertas o condenas por delitos de violencia de género, traición a la Patria, delitos contra el orden constitucional, la vida democrática u otras contravenciones establecidas por los títulos IX (Capítulo I) y X (Capítulos I y II) del Código Penal.

La normativa también establece que no podrán formar parte de la iniciativa aquellos veteranos que figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.