Fiesta clandestina

Por decisión del Juzgado de Control en lo Penal Económico, se elevó a juicio la causa penal contra los organizadores de una multitudinaria fiesta clandestina en Villa Warcalde.

Al evento, ocurrido en el establecimiento Pinar del Río, concurrieron unas 270 personas, ninguna de las cuales cumplió con los protocolos y medidas sanitarias.

A modo de intentar pasar por debajo del radar del COE, se había promocionado al evento como un encuentro gastronómico. Este mismo argumento fue dado por la defensa luego de que se imputara a los organizadores.

En ese sentido, el juez Gustavo Hidalgo aseveró que en este «evento gastronómico» se convocó a tres DJ’s, siendo que los protocolos del COE vigentes durante el 9 de julio del 2020 prohibían la realización de cenas-show en cualquier tipo de establecimientos.

Aparte de la violación a uno de los artículos establecidos por el COE, se sumó el hecho de que ninguno de los asistentes respetaba las medidas básicas de bioseguridad, y que el aforo del establecimiento excedía al permitido por los protocolos.

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Sobre esa línea, el magistrado remarcó lo siguiente:

«Efectivamente, se pudo constatar que en el lugar se concretó una multitud de personas que no portaban barbijo, no respetaban la distancia social, ocupaban mesas en cantidades superiores a las autorizadas.»

Gustavo Hidalgo – Juez

De esta forma, se imputó a Federico Facchin, Juan Diego Faya, Martín Huergo, Matías Horacio Milani y Sebastián Rinaldi por el delito de Violación de Normas Sanitarias Para Evitar la Propagación de Enfermedades.

Un detalle de interés sobre este caso es que el delito de los cinco imputados fue clasificado como un peligro abstracto, figura judicial que no se basa en un resultado efectivo (en este caso contribuir a la suba de contagios), sino que sólo hace falta constatar el incumplimiento de las normas sanitarias para configurar el tipo penal.